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Las Gordillas, muchos cambios. Nada decidido, 6 comentarios
Resolución de la UNESCO año 2.007, 8 comentarios
Patrimonio no se ha pronunciado sobre Las Gordillas, 4 comentarios
Pero
¿No han sido estos los que permitieron la...
En Las Gordillas, como mucho abandono. jeje comentó
Mientras tanto el alcalde se dedica a prometer, de...
En 2000 firmas devolución verraco a San Miguel de Serrezuela IU - los verdes informa comentó
El Grupo Municipal de Izquierda Unida Los Verdes en...
En Premio Europa Nostra: Coro de San Nicolás de Bari de Madrigal de las Altas Torres jeje comentó
Cierto, yo no lo he visto, pero iré a verlo. La...
En Premio Europa Nostra: Coro de San Nicolás de Bari de Madrigal de las Altas Torres Carlos Martín Serrano comentó
:smile: La verdad es que el premio está justificado,...
En 2000 firmas devolución verraco a San Miguel de Serrezuela Ciudadanos por el Patrimonio comentó
Finalmente el Ayuntamiento de Serrezuela no pedirá la...
En El alcalde de Mobeltrán critica a la Comisión de Patrimonio jeje comentó
Supongo que las ultimas frases se refieren al arquit...
En PSOE propone un plan para promocionar los castros regionales Bert comentó
... y se han dado cuenta de que hay algo más que...
En El atrio de San Pedro Maria comentó
Si no quieres arroz toma dos tazas.
¿Pero...
En El atrio de San Pedro PeGeNe comentó
Una lástima esta gente. La plaza es una pena; el...
En El PSOE solicita a la Junta Paco comentó
Pués el resultado es NO, moción rechazada por el...
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Sobre la anulación del PEPCHA 29 de Ago 2007 |
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En noviembre de 2004 el Tribunal Supremo anulaba el PGOU y ahora anula el Plan Especial de Protección del Conjunto Histórico de Ávila por considerarlo contrario al ordenamiento jurídico. El Tribunal Supremo indica que 'en el supuesto de que se admitiera la autonomía del PEPCHA hasta el punto de no necesitar del PGOU', se infringiría igualmente la normativa 'al no haber sido aprobado dicho plan especial por el Ayuntamiento de Ávila, dada su manifiesta incompetencia, por corresponder la misma a la Comunidad Autónoma'. |
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| Comentario de: Javier Ruiz Cavajal | 08 de Sep 2007 |
| Tanto los Planes Generales de Ordenación Urbana (PGOU), como los Planes Especiales y demás instrumentos reguladores de los procesos de urbanización y edificación se encuentran sujetos al derecho Urbanístico, por lo que operan bajo el principio del “ius variandi”. De manera que, siendo herramientas imprescindibles y convenientes para regular la ciudad nueva, resultan totalmente inapropiadas y nefastas para conservar un casco histórico de categoría mundial. La experiencia así lo está demostrando una y otra vez. Aunque en un principio el planeamiento urbanístico especial (PEPCHA o similar)sea el idóneo y aprobado con todas las bendiciones, las modificaciones urbanísticas “puntuales” que posibilita el Urbanismo dan alas a la especulación, y terminan por justificar actuaciones y edificaciones totalmente opuestas a la conservación del patrimonio. Por esto, estimo que desde nuestra Federación se debe proponer ante todos los Organismos competentes en la materia que el tratamiento de los cascos históricos declarados de categoría mundial queden fuera de la órbita del Urbanismo, y que su regulación se haga con un Plan Director de Conservación Monumental, similar a los que regulan y protegen las catedrales, murallas y grandes monumentos. JAVIER RUIZ CARVAJAL |
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